La reforma del artículo 56 del Código Civil será vigente a partir de esa fecha establece que: "Si alguno de los contrayentes estuviere afectado por deficiencias mentales, intelectuales o sensoriales, se exigirá por el Secretario judicial, Notario, Encargado del Registro Civil o funcionario que tramite el acta o expediente, dictamen médico sobre su aptitud para prestar el consentimiento".
El artículo original que aún se mantiene vigente establece que: "Si alguno de los contrayentes estuviere afectado por deficiencias o anomalías psíquicas, se exigirá dictamen médico sobre su aptitud para prestar el consentimiento". Con esta nueva modificación, además de contemplar a las personas con problemas psíquicos se ha añadido a las personas que sufren un problema sensorial.
Las asociaciones de sordos y ciegos, indignadas
Varias plataformas defensoras de las personas sordas y ciegas como el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi), la ONCE, Fiapas y la Confederación Estatal de Personas Sordas están pidiendo al Parlamento Español que revoque esta modificación. La califican como una: "Ley injusta que establece un tratamiento discriminatorio a las personas ciegas y sordas". Además, añaden que esta nueva modificación viola con lo pactado en la Convención Internacional de Derechos de las Personas con Discapacidad, del año 2006, ratificada por España.