El titular del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de la Audiencia Nacional ordenó que se le aplique el artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario de flexibilización del régimen de vida penitenciario tal y como ha hecho público el medio Vozpópuli y han confirmado desde El País por fuentes jurídicas. Esta decisión llega en contra del rechazo del Ministerio de Interior el pasado mes de febrero cuando su defensa solicitó el régimen abierto, manteniéndola en un segundo grado considerando tanto "la gravedad y complejidad delictiva", por lo que veían un riesgo "medio-alto" de reincidencia, como el tiempo que le queda por cumplir de condena que corresponde a más de la mitad.
Rosalía Iglesias había sido condenada por el 'caso Gürtel' a doce años y once meses de prisión aunque la Audiencia Nacional había fijado el tiempo máximo que pasaría en prisión en siete años y siete meses. La mujer de Bárcenas ingresó el 8 de noviembre de 2020, por lo que hasta la fecha habría cumplido con dos años y nueve meses.
Tras dos años y nueve meses en prisión
Además de esto, el auto también recoge una serie de obligaciones con las que tendrá que cumplir Iglesias como parte del programa de reinserción para "obtener una asunción plena y directo" de los hechos delictivos por los que había sido condenada. Para ello tendrá que, por un lado, cumplir con los conocidos como Talleres de Justicia Restaurativa en los que la reclusa tendrá que reunirse con una víctima simbólica para pedir perdón por los daños ocasiones con sus delitos. Por otro, cumplir el Programa de Intervención en Delitos Económicos (Pideco), que de igual manera también implica un encuentro con alguna víctima.