Poco más de dos meses después de su ingreso en prisión, las buenas noticias para Iñaki Urdangarin han llegado a la cárcel de Brieva. Instituciones Penitenciarias han concedido al marido de la Infanta Cristina el segundo grado penitenciario como estaba previsto por su defensa desde que pisó el módulo en el que vive en solitario.
Según publica El Confidencial, la Junta de Tratamiento de la cárcel de Ávila solicitó dicha medida el día 9 de agosto. Tan solo un día después el director de la prisión dio su visto bueno y remitió la petición a la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias para que emitiese su veredicto.
Dicha institución, como era de esperar, ha concedido el segundo grado y además ha establecido que Urdangarin continúe en el módulo de hombres de la prisión de Brieva en el que vive en solitario -confirmando así el deseo del ex Duque de Palma cuando ingresó en prisión para empezar a cumplir su condena-.
Urdangarin quiere acelerar su libertad
Este segundo grado implica que el marido de la Infanta Cristina podrá solicitar permisos cuando haya cumplido un cuarto de su condena de cinco años y diez meses, esto es, cuando haya pasado 17 meses y medio privado de libertad. Un tiempo que se cumplirá en diciembre de 2019. Desde ese momento contará con 36 días de libertad al año, siempre supervisados y ratificados por la Junta de Tratamiento.
No obstante, parece que Urdangarin no quiere esperar todo ese tiempo para poder salir de la cárcel por unas horas. Así, el citado medio apunta a que su defensa está estudiando pedir que se le aplique el artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario, esto es, un Programa Individualizado de Tratamiento (PIT) para que se le pueda establecer una condena mucho más flexible.
Es decir, ese artículo lo que permite es que se 'mezclen' los diferentes grados penitenciarios, de tal forma que el condenado pueda disfrutar de esos días de libertad del segundo grado antes de lo que le correspondería. Con todo y ello, además de que esta medida tiene que ser profundamente estudiada para que no pueda considerarse que se tengan tratos de favor con el recluso.