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Jesús Vázquez fue condenado a pagar 2,8 millones de euros a Hacienda el 5 de junio de 2019. La Audiencia Nacional le dio la razón a la Agencia Tributaria que fue la que le acusó de haber defraudado a Hacienda junto a su marido. Un mes después de que la sentencia se hiciera pública, el presentador rompe su silencio y se dijere a sus seguidores.
El presentador de Mediaset ha querido dar la versión de sus hechos, se ha manifestado en Instagram explicando que es "falso" que haya defraudado hacienda. "Porque valoro más que nada vuestro cariño, quiero aclararos que es falso que deba nada a Hacienda", ha comenzado. "Con carácter retroactivo, Hacienda cambió el criterio con el que la mayor parte de presentadores y colaboradores de TV, actores y artistas tributaba. Hasta entonces, por consejo de nuestros asesores, confiábamos en que era la forma aceptada y correcta de tributar", ha continuado.
Aunque la sentencia ya esté escrita, Jesús Vázquez ha afirmado que las cosas no son así y que realmente la resolución de la Audiencia nacional no es firme :"El criterio de Hacienda se puede discutir en los tribunales, previo pago de la cantidad en discusión. Dicho pago se hizo en 2016, hace 3 años. De momento, la resolución de la Audiencia Nacional no es firme y será recurrida ante el Tribunal Supremo. Cuando este tribunal decida, como es lógico, aceptaré su resolución"
Piensan recurrir la resolución
Además, ha querido dejar claro a sus seguidores que nadie ha preguntado por su versión y que actualmente no tiene ninguna deuda con Hacienda: "En cualquier caso, repito que la cantidad en discusión está abonada y desembolsada desde hace 3 años y no tengo ninguna deuda con Hacienda. Por cierto! Nadie ha hablado conmigo para conocer mi versión". Según El Confidencial, lo que la sentencia declaraba es que el presentador utilizó una sociedad llamada Bopreci, donde figuraba a partes iguales con Roberto Cortés, su marido, para supuestamente pagar menos impuestos de lo que estaba estipulado. Ambos facturaron durante los años 2006 y 2007 2.444.353,03 y 1.590.289,65 euros respectivamente, y la condena está basada en dicha actividad.