El texto de la sentencia indica que "las pruebas presentadas tanto por la acusación como por los codemandantes refuerzan la conclusión de que el acusado fue responsable de la muerte de la víctima, aunque no pudieron determinar con precisión la causa de la muerte". Este escrito fue leído a puerta cerrada en el Tribunal de Samui el 29 de agosto de 2024, el día que se conoció la condena de Daniel Sancho a cadena perpetua.
En la sentencia se apunta a que el motivo del crimen de Arrieta fue que no aceptó que Daniel Sancho quisiera poner fin a su relación meses antes de su muerte, por lo que le habría amenazado con revelar secretos y matarlo. "Dado que el acusado había puesto fin a la relación, pero el fallecido se había negado a aceptarlo y había amenazado con revelar secretos y matar al acusado, se cree que este fue un motivo para el acto violento que condujo a la muerte del fallecido", señala la sentencia.
Por otro lado, se desmiente la versión de Daniel Sancho de que actuó en defensa propia ante un supuesto intento de violación por parte de Arrieta. "Queda establecido que el fallecido y el acusado mantenían una relación romántica, que incluía una relación sexual", se detalla. "La supuesta negativa del acusado -a mantener relaciones sexuales- se considera infundada e interesada. Por lo tanto, esta alegación carece de credibilidad y no se acepta como defensa válida. Las acciones del acusado no pueden considerarse defensa propia", destaca.
Además, se cree que su declaración inicial fue veraz porque no tuvo mucho margen en inventarse algo distinto a lo sucedido. "La confesión del acusado se hizo poco después del incidente. En ese momento, el acusado tuvo pocas oportunidades de inventar o falsear los detalles, lo que sugiere que la declaración fue veraz", recoge el texto. "Queda claro que al acusado se le proporcionó asesoría legal y un intérprete al inglés durante cada instancia del interrogatorio", se matiza.
Su confesión, considerada como atenuante por el juez
Las últimas páginas de la sentencia incluyen el fallo, por el que el tribunal "declara al acusado culpable en virtud de los artículos 188, 189 y 289(4) del Código Penal" de Tailandia de asesinato premeditado, ocultación del cadáver y destrucción de documentación ajena, por el pasaporte de Arrieta. "La pena por ocultar, trasladar o destruir un cadáver o partes del mismo es de cuatro meses de prisión. La pena por asesinato con premeditación es la pena capital. La pena por dañar, destruir o sustraer documentos ajenos es de 2 años de prisión", se puede leer. La confesión de Daniel Sancho ha sido considerada por el juez como atenuante para rebajar el castigo por el descuartizamiento de cuatro a dos meses de prisión.